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10/09/2010 8:44:30

Banco Madrid, de Persona a Persona

Directiva de la Unión Europea en materia de Mercados de Instrumentos Financieros

La MiFID (Market in Financial Instruments Directive) es la nueva directiva europea que regula la prestación de servicios de inversión.

Esta normativa pretende crear un marco único que proporcione un tratamiento homogéneo en materia de servicios de inversión a clientes domiciliados en la Unión Europea. A partir del 1 de noviembre de 2007, las entidades que prestan servicios de inversión, están obligadas a categorizar a los clientes e informarles plenamente de la política de ejecución de órdenes de operaciones en los mercados de valores.

El principal objetivo de la MiFID es proporcionar a los clientes una mayor protección en materia de inversiones, ofreciéndoles una información transparente y una alta calidad en la gestión de activos.

Clasificación de clientes

Las instituciones financieras tienen la obligación de clasificar a los clientes en alguna de las tres categorías que marca la normativa:

- Clientes Minoristas: es la clasificación que se destina a la mayoría de los clientes particulares y empresas, siendo la que ofrece el mayor grado de protección a los clientes. Tienen un conocimiento y cualificación más  limitado y menor capacidad financiera y de negociación.

- Clientes Profesionales: Instituciones y empresas, son aquellos a quienes se presume la experiencia, conocimiento y cualificación necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión. La Directiva establece unas categorías de clientes como profesionales, estableciendo en algunos casos unos requisitos particulares:

a. Entidades que deben ser autorizadas o reguladas para operar en los mercados financieros.

b. Grandes Empresas que cumplan dos de los siguientes requisitos de tamaño:

- Fondos Propios de más de 2 millones de euros.
- Volumen de negocio superior a 40 millones de euros.
- Balance mayor de 20 millones de euros.

c. Gobiernos Nacionales y Regionales, otros Organismos Públicos.

- Contraparte elegible:  Son básicamente entidades e intermediarios financieros (organismos de inversión colectiva y sociedades de gestión, fondos de pensiones, etc.) Son clientes especializados que no necesitan la protección que se proporciona a las anteriores categorías, dado su conocimiento y experiencia en el mercado.

Cualquier cliente puede solicitar el cambio de categoría siempre y cuando se respeten los requisitos establecidos en la Directiva.

Cuestionarios de perfil de inversor

Las entidades deberán conocer las expectativas y preferencias de sus clientes a la hora de realizar sus inversiones. Para ello, se han diseñado dos tipos de Test:

-Test de Idoneidad: Cuestionario que determina las características y el perfil inversor del cliente.

-Test de Conveniencia: Cuestionario reducido que la entidad debe realizar a un cliente minorista para analizar la conveniencia o no de los productos categorizados como "complejos".  

Políticas de actuación

La nueva Directiva MiFID conlleva las siguientes políticas de actuación:

Política de Gestión de Conflictos de Interés
Política de Mejor Ejecución de Órdenes BM
Política de Salvaguarda de Activos

Información MiFID

Cuadro de Incentivos

Teléfono de información imagen de telefono 902 42 33 33
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